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Tus derechos sobre los datos
Solicitud de acceso del interesado (DSAR): cómo pedir lo que una empresa tiene sobre ti
Una guía en lenguaje claro sobre el derecho que te permite pedir a cualquier organización una copia de los datos personales que tiene sobre ti, y cómo ejercerlo tú mismo.
En resumen
Una solicitud de acceso del interesado (DSAR) es tu derecho conforme al RGPD a pedir a cualquier organización una copia de los datos personales que tiene sobre ti. Envías una breve solicitud por escrito y la organización debe responder normalmente en el plazo de un mes, de forma gratuita, explicando qué tiene y por qué.
Qué es una DSAR
Una solicitud de acceso del interesado te permite pedir a una organización que confirme si tiene datos personales sobre ti y, en ese caso, que te facilite una copia junto con información sobre cómo y por qué se usan esos datos. Es uno de los derechos fundamentales que la normativa de protección de datos otorga a cada persona.
Conforme al RGPD (artículo 15), el derecho de acceso se aplica a tus datos personales: en términos generales, cualquier información que se refiera a ti como persona identificada o identificable. Esto puede incluir lo evidente, como tu nombre y datos de contacto, y lo menos evidente, como registros de tu actividad o notas que una organización haya hecho sobre ti.
Cómo presentar una solicitud
No necesitas un formulario especial ni un abogado. Basta con un mensaje breve por escrito (por correo electrónico o carta) que indique con claridad que estás pidiendo tus datos personales. Incluye suficiente detalle para que la organización encuentre tus registros y confirme tu identidad.
- Diríjela a la organización, usando su contacto de privacidad o protección de datos si aparece indicado.
- Indica con claridad que estás presentando una solicitud de acceso del interesado.
- Describe la información que buscas, si tienes algo concreto en mente.
- Guarda una copia fechada de lo que envíes.
Qué esperar de respuesta
La organización dispone normalmente de un mes para responder y, en la mayoría de los casos, no puede cobrar una tarifa. Debe facilitarte una copia de tus datos y una explicación de cómo se usan.
Si tu solicitud es compleja, la organización puede ampliar el plazo hasta dos meses más, pero debe avisarte dentro del primer mes. Cierta información puede retenerse al amparo de excepciones limitadas. Si no estás conforme con la respuesta, tienes derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tiene una organización para responder?
Normalmente un mes desde la fecha en que recibe tu solicitud y confirma tu identidad. El plazo puede ampliarse en solicitudes complejas, en cuyo caso la organización debe avisarte dentro del primer mes.
¿Tiene algún coste?
En la mayoría de los casos, una solicitud de acceso del interesado es gratuita. Una organización solo puede cobrar una tarifa razonable en situaciones limitadas, como solicitudes claramente infundadas o excesivas.
¿Qué pasa si una empresa no responde?
Si una organización no responde o se niega sin un motivo válido, puedes presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Términos relacionados
Esto es información general, no asesoramiento jurídico. Para orientación sobre tu propia situación, considera hablar con un profesional cualificado.
Revisado por el abogado fundador de OSINTA — 2026-06-27.
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OSINTA te ayuda a entender tu propia huella y a ejercer tus propios derechos: tú mantienes el control en cada paso.